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Política de privacidad

IMPORTANTE: TENGA EN CUENTA QUE AL ACEPTAR ESTOS TÉRMINOS, USTED RENUNCIA A SU DERECHO A RECURRIR A UN TRIBUNAL DE JUSTICIA Y A SU DERECHO A UN JUICIO CON JURADO SOBRE SUS RECLAMACIONES.

LEA ATENTAMENTE ESTOS TÉRMINOS DE SERVICIO, YA QUE CONTIENEN DISPOSICIONES QUE RIGEN LA FORMA EN QUE PUEDE PRESENTAR RECLAMACIONES ENTRE USTED Y DOOR TO GO, INCLUIDO EL ACUERDO DE ARBITRAJE EN LA SECCIÓN 2 A CONTINUACIÓN. EL ACUERDO DE ARBITRAJE LE EXIGE RESOLVER TODAS LAS DISPUTAS CON DOOR TO GO DE FORMA INDIVIDUAL Y, CON EXCEPCIONES LIMITADAS, MEDIANTE ARBITRAJE FINAL Y VINCULANTE. ESTOS TÉRMINOS DE SERVICIO DESCRIBEN CÓMO SE RESUELVEN DICHAS RECLAMACIONES, INCLUIDAS, SIN LIMITACIÓN, LAS QUE SURGIERON O SE PRESENTARON ANTES DE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE ESTOS TÉRMINOS DE SERVICIO. AL ACEPTAR ESTOS TÉRMINOS DE SERVICIO, USTED RECONOCE EXPRESAMENTE QUE LOS HA LEÍDO Y COMPRENDIDO EN SU TOTALIDAD Y QUE SE HA TOMADO EL TIEMPO NECESARIO PARA CONSIDERAR LAS CONSECUENCIAS DE ESTA IMPORTANTE DECISIÓN.

Estos Términos de Servicio (“Términos de Servicio”) constituyen un acuerdo legalmente vinculante entre usted y Door to Go Corp. y sus subsidiarias, representantes, afiliados, funcionarios y directores (colectivamente, “Door to Go”) que rigen su uso de la plataforma de mercado digital personalizada y multipropósito de Door to Go (“Plataforma de Mercado de Door to Go”) y cualquier contenido o servicio relacionado, incluyendo, entre otros, aplicaciones móviles y/o basadas en la web (“Aplicaciones” o la “Aplicación Door to Go”, y junto con la Plataforma de Mercado de Door to Go, los “Servicios”).

No obstante lo anterior, si usted decide, ahora o en el futuro, prestar servicios de transporte (por ejemplo, servicios de transporte bajo demanda, transporte compartido y transporte comercial), logística (por ejemplo, transporte de mercancías), entrega (por ejemplo, alimentos, paquetes y otros bienes) y otros servicios (en conjunto, "Servicios de Terceros"), estos Términos de Servicio no reemplazan ni afectan la aplicabilidad de ningún acuerdo que usted pueda tener con Door to Go o sus subsidiarias con respecto a dichos Servicios de Terceros (por ejemplo, el Acuerdo de Acceso a la Plataforma, el Acuerdo de Servicios Tecnológicos y/o cualquier acuerdo similar). En la medida en que (y solo en la medida en que) cualquier acuerdo que usted pueda tener con Door to Go con respecto a los Servicios de Terceros que usted presta entre en conflicto con estos Términos de Servicio, dichos acuerdos (y no estos Términos de Servicio) prevalecerán con respecto a cualquier disputa que surja de su prestación de Servicios de Terceros; de lo contrario, se aplicarán las disposiciones pertinentes de estos Términos de Servicio.

1. Relación contractual; terminación; y modificación

Además de estas Condiciones del servicio, su acceso y uso de los Servicios también se rigen por los términos aplicables que se encuentran en nuestro sitio web. Estos incluyen, entre otros: el Aviso de privacidad, que describe cómo recopilamos, usamos y divulgamos su información personal; las Condiciones del contenido generado por el usuario; las Directrices de la comunidad; las Políticas de referencia y las demás normas y políticas aplicables de Door to Go (incluidas, entre otras, las normas de seguridad de Door to Go, las políticas de accesibilidad y la Política de animales de servicio de EE. UU.), a las que nos referimos colectivamente como las "Condiciones complementarias".

En conjunto, nos referimos a estos Términos de Servicio y a los Términos Suplementarios como los “Términos”. Estos Términos rigen su acceso o uso, desde Estados Unidos y sus territorios y posesiones, de los Servicios disponibles en Estados Unidos y sus territorios y posesiones (el “Territorio”). Si utiliza los Servicios en otro país, acepta estar sujeto a los términos de servicio de Door to Go para ese país. En estos Términos, las palabras “incluyendo” e “incluir” significan “incluyendo, pero sin limitarse a”.

Al acceder o utilizar los Servicios, usted confirma que acepta estar sujeto a estos Términos. Si no está de acuerdo con estos Términos, no acceda ni utilice los Servicios.

Terminación.

Door to Go, a su entera discreción, podrá rescindir inmediatamente estos Términos o cualquier Servicio con respecto a usted, o dejar de ofrecer o denegar el acceso a los Servicios o a cualquier parte de los mismos, en cualquier momento y por cualquier motivo.

Modificación.

Door to Go se reserva el derecho de modificar estos Términos o sus políticas relacionadas con los Servicios en cualquier momento. Dichas modificaciones entrarán en vigor al publicarse una versión actualizada de estos Términos a través de los Servicios o del sitio web de Door to Go. Le recomendamos revisar estos Términos periódicamente, ya que el uso continuado de los Servicios tras cualquier modificación implica su aceptación de dichas modificaciones.

2. Acuerdo de arbitraje

Al aceptar estas Condiciones, usted acepta que cualquier reclamación que pueda tener contra Door to Go deberá resolverse de forma individual mediante arbitraje vinculante, tal y como se establece en el presente Acuerdo de Arbitraje, y no mediante una acción colectiva, coordinada, consolidada, masiva y/o representativa. El arbitraje vinculante es un procedimiento en el que una controversia se somete a uno o varios árbitros que emiten una resolución vinculante sobre la misma. Al optar por el arbitraje vinculante, usted y Door to Go eligen un procedimiento privado de resolución de controversias en el que aceptan la decisión del árbitro como definitiva, en lugar de acudir a los tribunales. Tanto usted como Door to Go renuncian a su derecho a un juicio con jurado.

El presente Acuerdo de arbitraje le impedirá interponer cualquier acción colectiva, coordinada, consolidada, masiva y/o representativa contra Door to Go, y también le impedirá participar en cualquier acción colectiva, coordinada, consolidada, masiva y/o representativa, actual o futura, interpuesta contra Door to Go por otra persona, o obtener una indemnización en la misma, salvo en los casos previstos a continuación en la Sección 2(a)(3)(c). Por lo tanto, las partes acuerdan que el árbitro no llevará a cabo ningún tipo de arbitraje colectivo, coordinado, consolidado, masivo y/o representativo, ni unirá, coordinará o consolidará las reclamaciones de varias personas contra Door to Go en un único procedimiento, salvo lo dispuesto a continuación en la Sección 2(a)(3)(c). Para evitar cualquier duda, salvo lo dispuesto a continuación en la Sección 2(a)(3)(c), el presente Acuerdo de Arbitraje le impide interponer o participar en cualquier tipo de acción colectiva, coordinada, consolidada, masiva y/o representativa, u otro tipo de acción grupal, con múltiples demandantes o conjunta contra Door to Go, salvo la participación en un acuerdo de resolución de reclamaciones de carácter colectivo, coordinado, consolidado, masivo y/o representativo.

(a) Acuerdo de arbitraje vinculante entre usted y Door to Go.

(1) Controversias cubiertas: Salvo lo dispuesto expresamente a continuación en la sección 2(b), usted y Door to Go acuerdan que cualquier controversia, reclamación o disputa que surja de cualquier modo de o en relación con (i) las presentes Condiciones y sus versiones anteriores, o la existencia, incumplimiento, rescisión, ejecución, interpretación, alcance, renuncia o validez de las mismas; (ii) su acceso o uso de los Servicios en cualquier momento; (iii) incidentes o accidentes que provoquen lesiones personales o la muerte a usted o a cualquier otra persona y que usted alegue que se produjeron en relación con su uso de los Servicios (incluido, entre otros, su uso de la Plataforma Door to Go Marketplace o de la versión para conductores de la aplicación Door to Go), independientemente de si la disputa, reclamación o controversia se produjo o surgió antes o después de la fecha en que aceptó estos Términos, y con independencia de si alega que las lesiones personales o la muerte las sufrió usted o cualquier otra persona; y (iv) su relación con Door to Go, se resolverá mediante arbitraje individual vinculante entre usted y Door to Go, y no ante un tribunal de justicia. Este Acuerdo de Arbitraje seguirá vigente tras la finalización de su relación con Door to Go.

(2) Renuncia a las acciones colectivas: Todas y cada una de las disputas, reclamaciones o controversias entre las partes se resolverán exclusivamente mediante arbitraje individual. Las partes renuncian expresamente al derecho a que cualquier disputa, reclamación o controversia sea presentada, vista, tramitada, resuelta o arbitrada como una acción colectiva, coordinada, consolidada y/o representativa, y ni un árbitro ni un proveedor de arbitraje tendrán autoridad alguna para conocer, arbitrar o tramitar ninguna acción colectiva, coordinada, consolidada y/o representativa, ni para conceder una reparación a nadie que no sea la persona que participa en el arbitraje. Las partes también renuncian expresamente al derecho a solicitar, recuperar u obtener cualquier reparación no individual. Sin perjuicio de cualquier otra disposición del presente acuerdo, esta Renuncia a la Acción Colectiva no impide que usted o Door to Go participen en un acuerdo de reclamaciones de carácter colectivo, grupal y/o representativo.

Las partes acuerdan además que, si por cualquier motivo una reclamación no se tramita mediante arbitraje, la presente renuncia a la acción colectiva seguirá vigente, y ningún tribunal podrá conocer de ninguna acción que agrupe, coordine o consolide las reclamaciones de varias personas contra Door to Go en un único procedimiento, salvo que dicha renuncia no impedirá que usted o Door to Go participen en un acuerdo de reclamaciones de carácter colectivo, representativo o de clase. Si existe una resolución judicial definitiva que determine que cualquier parte de esta Renuncia a la Acción Colectiva es inaplicable o ilegal por cualquier motivo, (i) cualquier reclamación colectiva, coordinada, consolidada y/o representativa sujeta a las partes inaplicables o ilegales se tramitará ante un tribunal de jurisdicción competente; (ii) la parte de la Renuncia a la Acción Colectiva que sea aplicable se ejecutará en arbitraje; (iii) las partes inaplicables o ilegales se separarán del presente Acuerdo de Arbitraje; y (iv) la separación de las partes inaplicables o ilegales no tendrá ningún impacto en la aplicabilidad, la validez o la eficacia del Acuerdo de Arbitraje, ni en la arbitrabilidad de cualquier reclamación restante que usted o Door to Go puedan presentar.

(3) Acciones colectivas:

a. Renuncia a las acciones colectivas: Todas y cada una de las disputas, reclamaciones o controversias entre las partes se resolverán exclusivamente mediante arbitraje individual. Las partes renuncian expresamente al derecho a que cualquier disputa, reclamación o controversia sea presentada, vista, tramitada, resuelta o arbitrada como una acción colectiva, y ni el árbitro ni el proveedor de servicios de arbitraje tendrán autoridad alguna para conocer, arbitrar o tramitar ninguna acción colectiva ni para conceder una reparación a nadie que no sea la persona que interviene en el arbitraje, salvo lo dispuesto a continuación en la Sección 2(a)(3)(c). Las partes también renuncian expresamente al derecho a solicitar, recuperar u obtener cualquier reparación no individual. Las partes acuerdan que la definición de «Acción Colectiva» incluye, entre otros, los casos en los que usted o Door to Go estén representados por un bufete de abogados o un grupo de bufetes de abogados que haya presentado 50 o más demandas de arbitraje de naturaleza sustancialmente similar contra la otra parte en los 180 días siguientes a la presentación de la demanda de arbitraje en su nombre o en el de Door to Go, y el bufete de abogados o el grupo de bufetes de abogados pretenda gestionar y/o arbitrar de forma simultánea o colectiva todas las demandas de arbitraje en su conjunto. Sin perjuicio de cualquier otra disposición del presente acuerdo, esta renuncia a la acción colectiva no impide que usted o Door to Go participen en un acuerdo colectivo de reclamaciones.

b. Procedimiento de resolución de controversias: Sin perjuicio de cualquier disposición contraria que figure en el reglamento del organismo de arbitraje competente, el árbitro estará facultado para determinar si la parte que presenta una reclamación ha interpuesto una acción colectiva en contravención de la renuncia a las acciones colectivas. Cualquiera de las partes deberá plantear dicha controversia ante el árbitro o el proveedor de servicios de arbitraje en un plazo de 15 días desde su surgimiento. Si dicha controversia surge antes de que se haya designado a un árbitro, las partes acuerdan que (i) se designará un tribunal compuesto por tres árbitros para resolver únicamente las controversias relativas a si la parte que presenta cualquier reclamación ha interpuesto una Acción Colectiva en violación de la Renuncia a la Acción Colectiva. Cada parte seleccionará a un árbitro de la lista del proveedor de arbitraje para que actúe como árbitro neutral, y estos árbitros nombrarán a un tercer árbitro neutral. Si los árbitros de las partes no logran ponerse de acuerdo sobre un tercer árbitro, el proveedor de arbitraje seleccionará al tercer árbitro; (ii) Door to Go se hará cargo de los gastos administrativos o costes derivados del nombramiento de los árbitros con arreglo a la presente disposición, así como de cualquier gasto o coste en el que no se incurriría en un procedimiento judicial, como el pago de los honorarios de los árbitros y el alquiler de la sala; (iii) los árbitros emitirán una resolución por escrito con las constataciones de hecho y las conclusiones de derecho; y (iv) cualquier otro procedimiento de arbitraje o liquidación de honorarios relacionados con el arbitraje quedará suspendido hasta que los árbitros resuelvan la controversia entre las partes. Si el árbitro o el tribunal arbitral determina que usted ha infringido la Renuncia a las Acciones Colectivas, las partes tendrán la oportunidad de excluirse del arbitraje en un plazo de 30 días a partir de la decisión del árbitro o del tribunal arbitral. Puede excluirse del arbitraje enviando una notificación por escrito de su intención de excluirse al proveedor de arbitraje y a Door to Go Corp., a la atención de: Departamento Jurídico, 9141 Slauson Av, Suite B. Pico Rivera. 90660, mediante correo urgente de USPS o entrega en mano. Esta notificación por escrito debe estar firmada por usted, y no por ningún abogado, agente u otro representante suyo. Door to Go podrá excluirse del arbitraje enviando una notificación por escrito de su intención de excluirse al organismo de arbitraje y a usted o a su abogado, agente o representante, en caso de que esté representado. Para evitar cualquier duda, la posibilidad de excluirse del arbitraje descrita en esta Sección 2(a)(3)(b) solo se aplica si el árbitro o el panel de árbitros determina que usted ha infringido la Renuncia a las Acciones Colectivas. Si las partes proceden al arbitraje, las partes acuerdan que los arbitrajes se agruparán según lo dispuesto en la Sección 2(a)(3)(c) más adelante.

c. Agrupación de casos:

i. Para aumentar la eficiencia en la resolución en caso de que se presente una demanda colectiva y ninguna de las partes ejerza su derecho a excluirse del arbitraje de conformidad con la sección 2(a)(3)(b) anterior, se aplicará el siguiente procedimiento. A petición de cualquiera de las partes, se seleccionará a un árbitro de conformidad con las normas del proveedor de arbitraje aplicable para que actúe como perito judicial («Perito Judicial») con el fin de resolver las controversias preliminares relativas a la admisibilidad de algunas o todas las demandas de arbitraje presentadas en la Acción Colectiva («Demandas de Arbitraje Colectivo»). Estas controversias preliminares pueden incluir, entre otras:

1. Cualquier controversia relativa a las tasas de tramitación adeudadas con respecto a las Demandas de Arbitraje Colectivo, incluyendo si los demandantes han presentado exenciones de tasas válidas;

2. Cualquier controversia relativa al cumplimiento por parte del proveedor de arbitraje competente del Acuerdo de Arbitraje en lo que respecta a la tramitación y gestión de las Solicitudes de Arbitraje Colectivo;

3. Cualquier controversia relativa al cumplimiento por parte de las Solicitudes de Arbitraje Colectivo de los requisitos establecidos en la sección 2(d) más adelante;

4. Si los demandantes tienen impedido proseguir con sus reclamaciones debido a un acuerdo de conciliación previo, al incumplimiento de las presentes Condiciones o a la prescripción de los plazos de prescripción;

5. Cualquier controversia relacionada con la representación del mismo demandante por parte de varios bufetes de abogados;

6. Cualquier controversia relativa a si las Demandas de Arbitraje Colectivo se presentaron ante el proveedor de arbitraje correcto;

7. Cualquier controversia relativa a la presentación de pruebas común a todas las reclamaciones; y

8. Cualquier controversia relativa a cuestiones jurídicas o fácticas comunes a todas las reclamaciones.

Dicha solicitud deberá presentarse en un plazo de 15 días a partir de la expiración del período de exclusión voluntaria descrito en la sección 2(a)(3)(b), y podrá realizarse mediante notificación por escrito al organismo de arbitraje. A petición de cualquiera de las partes de que se nombre a un perito judicial para resolver las cuestiones anteriores, el organismo de arbitraje correspondiente se abstendrá de seguir tramitando cualquiera de las demandas de arbitraje colectivo respecto de las cuales se haya planteado una controversia. No se considerará exigible ningún pago adicional en concepto de tasas de presentación, gastos administrativos o honorarios de árbitros con respecto a ninguna de las Demandas de Arbitraje Colectivo respecto a las cuales se haya planteado una controversia hasta que la(s) controversia(s) haya(n) sido resuelta(s) por el perito judicial. Door to Go será responsable de los honorarios y gastos del proveedor de arbitraje correspondiente y del perito judicial relacionados con el procedimiento ante el perito judicial.

Un perito judicial designado de conformidad con este procedimiento no tendrá autoridad para consolidar casos.

ii. Una vez concluidos los procedimientos ante el perito judicial, en la medida en que se permita continuar con cualquiera de las demandas de arbitraje colectivo, las partes agruparán las demandas de arbitraje colectivo en lotes de no más de 100 demandas por lote según el estado de residencia, y luego por orden alfabético según el apellido (además, en la medida en que queden menos de 100 demandas de arbitraje tras la agrupación descrita anteriormente, un lote final compuesto por las demandas restantes), e informarán al proveedor de arbitraje de los lotes y su composición en un plazo de 14 días a partir de la conclusión de las actuaciones ante el perito judicial. El proveedor de arbitraje tratará cada lote de reclamaciones como un solo caso, de modo que cada caso cuente con una demanda de arbitraje, un árbitro designado y un conjunto de documentos administrativos y tasas administrativas y de presentación por lote. Las partes asignarán aleatoriamente números secuenciales a cada lote, y solo un lote pasará a arbitraje a la vez, en el orden de los números secuenciales aleatorios. Se nombrará a un árbitro distinto para cada lote, y se calcularán las tasas administrativas y de presentación para cada lote a medida que este pase a arbitraje. Usted se compromete a cooperar de buena fe con Door to Go y el proveedor de arbitraje para aplicar dicho enfoque por lotes a la resolución y las tasas. Nada de lo dispuesto en esta cláusula se interpretará como una limitación del derecho a objetar que la presentación de múltiples solicitudes de arbitraje por parte de, o con la asistencia de, el mismo bufete de abogados u organización infringe cualquier término del presente Acuerdo.

iii. Si alguna de las demandas de arbitraje masivo se tramitó originalmente como demanda de arbitraje individual antes de que se iniciara este procedimiento por lotes, los procedimientos posteriores, incluida la imposición de nuevas tasas de presentación o administrativas de arbitraje a cualquiera de las partes, se regirán por los procedimientos establecidos en la presente Sección 2(a)(3).

(4) Cláusula de delegación: Solo un árbitro, y no ningún tribunal o agencia federal, estatal o local, tendrá la autoridad exclusiva para resolver cualquier controversia que surja de o esté relacionada con la interpretación, aplicabilidad, exigibilidad o formación del presente Acuerdo de Arbitraje, incluyendo, sin limitación, cualquier reclamación de que la totalidad o parte del presente Acuerdo de Arbitraje sea nulo o anulable. Un árbitro tendrá también la autoridad exclusiva para resolver todas las cuestiones preliminares sobre la arbitrabilidad, incluidas las cuestiones relativas a si estas Condiciones son aplicables, abusivas o ilusorias, y cualquier excepción al arbitraje, incluyendo, sin limitación, la renuncia, la demora, la prescripción o la preclusión. No obstante, solo un tribunal de jurisdicción competente, y no un árbitro, tendrá la autoridad exclusiva para resolver todas y cada una de las controversias que surjan de o estén relacionadas con la Renuncia a la Acción Colectiva y la Renuncia a la Acción Masiva, incluyendo, entre otras, cualquier reclamación de que la totalidad o parte de la Renuncia a la Acción Colectiva y/o la Renuncia a la Acción Masiva sea inaplicable, abusiva, ilegal, nula o anulable—salvo que, tal y como se establece y de conformidad con los procedimientos previstos en la Sección 2(a)(3)(b), un árbitro o un panel de árbitros tendrá la facultad de determinar si la parte que presenta cualquier reclamación ha infringido la Renuncia a Acciones Masivas.

(5) Aplicación a terceros: El presente Acuerdo de arbitraje será vinculante para cualquier reclamación presentada por o contra terceros, incluidos, entre otros, su cónyuge, pareja de hecho, herederos, patrimonio, terceros beneficiarios y cesionarios, siempre que dichas reclamaciones se deriven o estén relacionadas con su uso de los Servicios. En la medida en que cualquier tercero beneficiario del presente acuerdo presente reclamaciones contra las Partes, dichas reclamaciones también estarán sujetas al presente Acuerdo de arbitraje.

(b) Excepciones al arbitraje.

Sin perjuicio de lo anterior, el presente Acuerdo de arbitraje no exigirá el arbitraje de las siguientes reclamaciones: (i) reclamaciones individuales presentadas ante un tribunal de reclamaciones de menor cuantía, siempre que el asunto permanezca en dicho tribunal y se tramite únicamente de forma individual; (ii) reclamaciones individuales por agresión sexual o acoso sexual que se produzcan en relación con su uso de los Servicios; y/o (iii) medidas cautelares u otras medidas equitativas ante un tribunal de jurisdicción competente para impedir la infracción, apropiación indebida o violación, real o inminente, de los derechos de autor, marcas comerciales, secretos comerciales, patentes u otros derechos de propiedad intelectual de una de las partes.

Dichas reclamaciones podrán ser presentadas y litigadas ante un tribunal de jurisdicción competente por usted únicamente de forma individual. De forma individual significa que no podrá presentar dichas reclamaciones como una acción colectiva, coordinada, consolidada, masiva y/o representativa contra Door to Go. Para evitar cualquier duda, esto le impide presentar reclamaciones o participar en cualquier tipo de acción colectiva, coordinada, consolidada, masiva y/o representativa, o cualquier otro tipo de acción grupal, con múltiples demandantes o conjunta contra Door to Go, y ninguna acción presentada por usted podrá consolidarse o unirse de ninguna manera con ningún otro procedimiento. En caso de que sus reclamaciones se interpongan y se litiguen hasta su conclusión de forma individual ante un tribunal de jurisdicción competente, Door to Go se compromete a respetar su elección.

El acuerdo de las partes de no exigir el arbitraje en estos casos limitados no supone una renuncia a la exigibilidad del presente Acuerdo de Arbitraje en lo que respecta a cualquier otra disposición (incluidas, entre otras, las renuncias previstas en la Sección 2(a), que seguirán siendo aplicables tanto en los tribunales como en el arbitraje), ni a la exigibilidad del presente Acuerdo de Arbitraje en lo que respecta a cualquier otra controversia, reclamación o disputa.

(c) Normas y ley aplicable.

Para las disputas que surjan en California, el arbitraje será administrado por Llamas Professional Services de conformidad con las Normas de Arbitraje de Llamas Professional Services (las «Normas de Llamas Professional Services») vigentes en el momento en que se presente la reclamación, a menos que las partes acuerden lo contrario por escrito. Las Normas de Llamas Professional Services están disponibles en www.llamasprofessionalservices.com o buscando «Normas de Arbitraje de Llamas Professional Services» en un motor de búsqueda como www.google.com. El arbitraje será resuelto por un árbitro (el «Árbitro») seleccionado de conformidad con las Normas de Llamas Professional Services.

En el caso de controversias que surjan fuera de California (o en el caso de controversias que surjan en California, únicamente si Llamas Professional Services no puede o no desea llevar a cabo el arbitraje), las partes deberán reunirse y consultar para seleccionar un proveedor de arbitraje imparcial. Dicho proveedor de arbitraje deberá tener sede en el estado en el que surja la controversia. Si las partes no logran ponerse de acuerdo sobre un proveedor de arbitraje, cualquiera de ellas podrá invocar el artículo 9 U.S.C. § 5 para solicitar que un tribunal competente designe un proveedor de arbitraje que opere en el estado en el que surja la controversia. Cualquier proveedor de arbitraje designado por un tribunal en virtud del artículo 9 U.S.C. § 5 llevará a cabo el arbitraje exclusivamente de forma individualizada, tal y como se establece en la presente Sección 2. Una vez que las partes acuerden de mutuo acuerdo un proveedor de arbitraje neutral, o se designe un proveedor de arbitraje en virtud del artículo 9 U.S.C. § 5, el arbitraje resultante se iniciará de conformidad con las normas del proveedor de arbitraje designado, salvo que se indique lo contrario en el presente documento. Una vez acordado o designado el proveedor de arbitraje, se nombrará a un árbitro. El árbitro será (1) un juez jubilado o (2) un abogado habilitado para ejercer en el estado en el que se lleve a cabo el arbitraje y con experiencia en la legislación subyacente a la controversia. El árbitro será seleccionado por las partes de entre la lista de árbitros del proveedor de arbitraje correspondiente. Si las partes no logran ponerse de acuerdo sobre un árbitro tras un esfuerzo de buena fe por reunirse y consultar, el proveedor de arbitraje correspondiente designará al árbitro de conformidad con sus normas.

Sin perjuicio de cualquier elección de ley u otra disposición de las presentes Condiciones, las partes acuerdan y reconocen que el presente Acuerdo de Arbitraje constituye una transacción que implica comercio interestatal y que la Ley Federal de Arbitraje, 9 U.S.C. § 1 y siguientes («FAA»), regirá su interpretación, ejecución y los procedimientos derivados de la misma. Es la intención de las partes quedar vinculadas por las disposiciones de la FAA a todos los efectos, incluyendo, entre otros, la interpretación, la aplicación, la ejecución y la administración del presente Acuerdo de Arbitraje, y que la FAA y las normas del proveedor de arbitraje aplicable prevalecerán sobre todas las leyes estatales en la medida máxima permitida por la ley. Todos los plazos de prescripción que de otro modo serían aplicables se aplicarán a cualquier procedimiento de arbitraje. Si se determina que la FAA y las normas del proveedor de arbitraje aplicable no son aplicables a cualquier cuestión relativa a la interpretación o ejecución del presente Acuerdo de Arbitraje, dicha cuestión se resolverá con arreglo a las leyes del estado en el que resida en el momento de aceptar estos Términos.

Cualquier disputa, reclamación o controversia que surja de o esté relacionada con incidentes o accidentes que den lugar a lesiones personales (incluidas, entre otras, las reclamaciones por agresión sexual o acoso) o a la muerte que usted alegue que se produjeron en relación con su uso de los Servicios, ya sea antes o después de la fecha en que aceptó los Términos, se regirá e interpretará de conformidad con las leyes del estado en el que se produjo el incidente o accidente.

(d) Procedimiento.

Resolución de controversias previa al arbitraje y notificación. Las partes convienen en que los esfuerzos informales de buena fe para resolver controversias suelen dar lugar a un resultado rápido, económico y mutuamente beneficioso. Por lo tanto, las partes acuerdan que, antes de que cualquiera de ellas solicite el arbitraje contra la otra, se reunirán y dialogarán personalmente, por teléfono o videoconferencia, en un esfuerzo de buena fe por resolver de manera informal cualquier reclamación cubierta por el presente Acuerdo de arbitraje. Las personas que presenten reclamaciones de forma conjunta no podrán participar en la misma conferencia telefónica informal de resolución de disputas. Si usted está representado por un abogado, este podrá participar en la conferencia, pero usted también deberá participar plenamente en la misma. La parte que inicie la reclamación deberá notificar por escrito a la otra parte su intención de iniciar una conferencia informal de resolución de disputas, la cual se celebrará en un plazo de 60 días a partir de la recepción de dicha notificación por parte de la otra parte, salvo que las partes acuerden mutuamente una prórroga. Para notificar a Door to Go su intención de iniciar una conferencia informal de resolución de disputas, escriba a Door to Go Corp, a la atención de: Departamento Jurídico, 9141 Slauson Ave, Unidad B, Pico Rivera, CA 90660, indicando su nombre, los números de teléfono asociados a su cuenta de Door to Go (si los hay), las direcciones de correo electrónico asociadas a su cuenta de Door to Go y una descripción de su reclamación. La participación en una conferencia de resolución informal de disputas es una condición previa que debe cumplirse antes de iniciar el arbitraje, y el árbitro desestimará cualquier demanda de arbitraje presentada antes de que concluya la conferencia de resolución informal de disputas. El plazo de prescripción y los plazos para el pago de tasas de presentación quedarán suspendidos mientras las partes participen en el proceso de resolución informal de disputas exigido por este párrafo.

Inicio del arbitraje. Para iniciar el arbitraje tras la conclusión del proceso de resolución informal de disputas exigido por esta sección, una parte debe proporcionar a la otra parte una solicitud de arbitraje por escrito y presentar dicha solicitud ante el proveedor de arbitraje correspondiente, según lo determinado en la sección 2(c). La parte que inicie un arbitraje contra Door to Go deberá enviar la solicitud de arbitraje por escrito a Door to Go Corp, a la atención de: Departamento Jurídico, 9141 Slauson Ave, Unidad B, Pico Rivera, CA 90660, o notificar la solicitud al agente registrado de Door to Go para la notificación de actos procesales, a la atención de Door to Go Corp (el nombre y la información de contacto actual del agente registrado en cada estado están disponibles en línea). CA. 90660, o notificar la solicitud al agente registrado de Door to Go para la notificación de actos procesales, a la atención de Door to Go Corp (el nombre y la información de contacto actual del agente registrado en cada estado están disponibles en línea aquí). Además, la parte que inicie un arbitraje contra Door to Go deberá enviar una versión electrónica de la solicitud de arbitraje al proveedor de arbitraje, y deberá enviar una versión electrónica de la solicitud tal y como se ha presentado a filed-arbitration-support@door2go.com.

Al firmar la solicitud de arbitraje, el abogado certifica, según su leal saber y entender, tras haber realizado una investigación razonable dadas las circunstancias, que (i) la solicitud de arbitraje no se presenta con fines indebidos, tales como acosar, causar retrasos innecesarios o incrementar sin necesidad el coste de la resolución del litigio; (ii) las reclamaciones y otras alegaciones jurídicas están justificadas por la legislación vigente o por un argumento no frívolo para ampliar, modificar o revocar la legislación vigente o para establecer una nueva legislación; y (iii) las alegaciones fácticas cuentan con respaldo probatorio o, si se identifican específicamente como tales, es probable que cuenten con respaldo probatorio tras una oportunidad razonable para una investigación o un descubrimiento más exhaustivos. El árbitro estará autorizado a conceder cualquier medida cautelar o imponer cualquier sanción disponible en virtud de la Norma Federal de Procedimiento Civil 11 o cualquier ley estatal aplicable por el incumplimiento de este requisito por cualquiera de las partes.

(e) Lugar.

A menos que usted y Door to Go acuerden lo contrario, si usted reside en los Estados Unidos, el arbitraje se llevará a cabo en el condado donde usted resida. Si no reside en los Estados Unidos, el arbitraje se llevará a cabo en el condado donde surja la controversia. Su derecho a una audiencia se determinará según las normas del proveedor de arbitraje aplicable. Sujeto a las normas del proveedor de arbitraje aplicable, el árbitro tendrá la facultad discrecional de ordenar un intercambio razonable de información entre las partes, en consonancia con la naturaleza acelerada del arbitraje.

(f) Ofertas de sentencia.

Al menos 10 días antes de la fecha fijada para la vista de arbitraje, cualquiera de las partes podrá notificar por escrito a la otra parte una oferta para que se dicte sentencia en los términos especificados. Si la oferta es aceptada, la oferta, junto con la prueba de su aceptación, se presentará al árbitro, quien dictará sentencia en consecuencia. Si la oferta no es aceptada antes de la audiencia de arbitraje o en un plazo de 30 días tras su formulación, lo que ocurra primero, se considerará retirada y no podrá presentarse como prueba en el arbitraje. Si una oferta formulada por una de las partes no es aceptada por la otra parte, y esta última no consigue un laudo más favorable, no podrá recuperar los gastos incurridos tras la oferta y deberá pagar los gastos de la parte oferente desde el momento de la oferta.

(g) Decisión del árbitro.

El árbitro dictará un laudo dentro del plazo especificado en las normas del proveedor de arbitraje aplicable. La sentencia sobre el laudo arbitral podrá ser dictada en cualquier tribunal de jurisdicción competente. El árbitro podrá conceder medidas cautelares o declarativas únicamente a favor del demandante y solo en la medida necesaria para proporcionar la reparación justificada por la reclamación individual del demandante. La decisión del árbitro será definitiva y vinculante para todas las partes.

El árbitro no estará vinculado por las decisiones adoptadas en arbitrajes independientes, y su decisión solo será vinculante para las partes del arbitraje que sean objeto de la misma.

El árbitro adjudicará a la parte ganadora los gastos razonables incurridos en el arbitraje, de conformidad con la legislación del estado en el que se celebre el arbitraje.

(h) Tasas.

Con la excepción de las disposiciones que rigen el pago de los costes de arbitraje establecidas anteriormente, su responsabilidad de pagar cualquier tasa de presentación, administrativa y de arbitraje se regirá exclusivamente por lo establecido en las normas del proveedor de arbitraje aplicable y ascenderá como máximo al importe que se le exigiría pagar si presentara una demanda ante un tribunal.

Si sus ingresos brutos mensuales son inferiores al 300 % de las pautas federales de pobreza, tiene derecho a una exención de las tasas y los costes de arbitraje, excluidas las tasas del árbitro. Si cree que cumple los requisitos para obtener una exención de tasas y su solicitud de arbitraje surge fuera de California, podrá solicitar una exención de tasas únicamente presentando ante el proveedor de arbitraje el formulario AO 240, Solicitud para proceder ante un tribunal de distrito sin pagar por adelantado tasas ni costes (disponible aquí), o una declaración jurada que contenga toda la información exigida por el formulario AO 240; si su solicitud de arbitraje se origina en California, deberá presentar una declaración jurada en la que indique sus ingresos mensuales y el número de personas que componen su unidad familiar.

Cualquier controversia relativa a la obligación de una de las partes de abonar las tasas o los gastos de arbitraje que surja tras el nombramiento de un árbitro será resuelta exclusivamente por este. Si dicha controversia surge antes de que se haya designado a un árbitro, y si ninguna de las partes ha solicitado un perito judicial de conformidad con la Sección 2(a)(3)(c)(i) de las presentes Condiciones, las partes acuerdan que (i) la fecha de vencimiento de cualquier tasa objeto de controversia quedará suspendida hasta que se resuelva la controversia entre las partes, (ii) se nombrará un tribunal de tres árbitros para resolver la controversia entre las partes relativa a la obligación de una de las partes de pagar las tasas o los costes del arbitraje, (iii) el tribunal de árbitros será designado por cada parte, que seleccionará a un árbitro de la lista del proveedor de arbitraje para que actúe como árbitro neutral, y estos árbitros nombrarán a un tercer árbitro neutral. Si los árbitros de las partes no logran ponerse de acuerdo sobre un tercer árbitro, el administrador del arbitraje seleccionará al tercer árbitro, (iv) Door to Go pagará cualquier tasa administrativa o gasto derivado del nombramiento de un tribunal arbitral en virtud de esta disposición, así como cualquier tasa o gasto en que no se incurriría en un procedimiento judicial, como el pago de los honorarios del árbitro o árbitros, así como el alquiler de la sala, y (v) el árbitro o árbitros emitirán una resolución por escrito con las constataciones de hecho y las conclusiones de derecho. Si surgen dos o más disputas sobre tarifas entre un demandante y Door to Go al mismo tiempo o en un plazo aproximado, las disputas podrán consolidarse para su resolución por un único árbitro o un tribunal de árbitros, ya sea por acuerdo de las partes o por elección de la parte común a todas dichas disputas.

(i) Divisibilidad y supervivencia.

Si se determina que alguna parte del presente Acuerdo de Arbitraje es inaplicable o ilegal por cualquier motivo, (i) la disposición inaplicable o ilegal se separará de estos Términos; (ii) la separación de la disposición inaplicable o ilegal no tendrá ningún impacto en el resto del Acuerdo de Arbitraje ni en la capacidad de las partes para exigir el arbitraje de cualquier reclamación restante de forma individual de conformidad con el Acuerdo de Arbitraje; y (iii) en la medida en que, por lo tanto, cualquier reclamación deba tramitarse de forma colectiva, consolidada o representativa, dichas reclamaciones deberán litigarse ante un tribunal civil de jurisdicción competente y no en arbitraje, y las partes acuerdan que el litigio de dichas reclamaciones quedará suspendido a la espera del resultado de cualquier reclamación individual en arbitraje.

3. Los servicios

Los Servicios le permiten a usted y a otros consumidores buscar, solicitar o recibir (i) Servicios de terceros de proveedores de servicios externos, incluidos, entre otros, comerciantes, minoristas, tiendas de alimentación, restaurantes, conductores independientes y repartidores; (ii) contenido personalizado relacionado, incluyendo funciones, recomendaciones y anuncios de productos o servicios adaptados a sus necesidades e intereses; y (iii) determinados servicios de apoyo, como la posibilidad de expresar ciertas preferencias sobre los Servicios de terceros o los Proveedores de terceros, el procesamiento de pagos y la atención al cliente. A menos que Door to Go acuerde lo contrario en un contrato escrito independiente contigo, estos Servicios se ponen a tu disposición exclusivamente para tu uso personal y no comercial.

Una vez que realiza una solicitud, Door to Go notifica a los Proveedores Externos que hay una oportunidad disponible para que el Proveedor Externo pueda completar su solicitud. Corresponde al Proveedor Externo decidir si le ofrece o no los Servicios de Terceros, y corresponde a usted decidir si acepta o no dichos servicios de un Proveedor Externo. Tenga en cuenta que, una vez que su solicitud de los Servicios haya comenzado, es posible que ya no tenga la opción de reprogramarla o cancelarla. Si Door to Go puede reprogramar o cancelar su solicitud, es posible que se le cobre una tarifa y/o que no se le reembolsen los artículos que se hayan comprado en su nombre.

DOOR TO GO NO ES UN TRANSPORTISTA PÚBLICO NI UN TRANSPORTISTA DE MERCANCÍAS Y NO TRANSPORTA PASAJEROS NI MERCANCÍAS. EN GENERAL, LOS SERVICIOS SOLO ESTÁN DISPONIBLES PARA LOS USUARIOS REGISTRADOS DE LOS SERVICIOS Y NO PARA EL PÚBLICO EN GENERAL. SU CAPACIDAD PARA SOLICITAR Y, EN SU CASO, OBTENER SERVICIOS DE TERCEROS DE PROVEEDORES EXTERNOS EN RELACIÓN CON EL USO DE LOS SERVICIOS NO CONSTITUYE A DOOR TO GO COMO PROVEEDOR DE NADA MÁS QUE LOS SERVICIOS. LOS PROVEEDORES EXTERNOS SON INDEPENDIENTES Y NO SON AGENTES REALES, AGENTES APARENTES, AGENTES OSTENSIBLES NI EMPLEADOS DE DOOR TO GO DE NINGÚN MODO. CUALQUIER INICIATIVA, FUNCIÓN, PROCESO, POLÍTICA, NORMA U OTRA MEDIDA EMPRENDIDA POR DOOR TO GO PARA FACILITAR SU ACCESO A LOS SERVICIOS DE TERCEROS O EN INTERÉS DE LA SEGURIDAD (YA SEA QUE LO EXIJAN LAS NORMATIVAS APLICABLES O NO) NO CONSTITUYE INDICIO DE UNA RELACIÓN LABORAL, DE AGENCIA REAL, APARENTE U OSTENSIBLE CON UN PROVEEDOR EXTERNO.

Tiendas de aplicaciones.

La disponibilidad de los Servicios puede depender del tercero del que haya obtenido la licencia de la aplicación Door to Go, por ejemplo, las tiendas de aplicaciones de Apple iPhone o Android («Tienda de aplicaciones»). Las presentes Condiciones se establecen entre usted y Door to Go, y no con la Tienda de aplicaciones, y Door to Go es responsable de la prestación de los Servicios tal y como se describe en las presentes Condiciones. No obstante, si ha descargado la aplicación Door to Go desde la App Store de Apple, Apple y sus filiales son terceros beneficiarios de estos Términos. Tras su aceptación de estos Términos, Apple tendrá el derecho (y se considerará que ha aceptado dicho derecho) de hacer valer estos Términos frente a usted en su calidad de tercero beneficiario de los mismos. Estos Términos incorporan por referencia el Acuerdo de licencia de usuario final de la aplicación con licencia de Apple, a los efectos del cual usted es el «usuario final». En caso de conflicto entre los términos del Contrato de licencia de usuario final de la aplicación con licencia y estos Términos, prevalecerán estos Términos.

Propiedad; licencia; y restricciones.

Los Servicios y todos los derechos, títulos e intereses, incluidos todos los derechos de propiedad intelectual relacionados con los mismos, son y seguirán siendo propiedad de Door to Go o de los licenciantes de Door to Go. Las presentes Condiciones no constituyen una venta y no le transmiten ni le otorgan ningún derecho sobre los Servicios ni en relación con ellos, ni ningún derecho de propiedad intelectual propiedad de Door to Go o de sus licenciantes, salvo la licencia limitada que se concede en el presente documento.

Siempre que cumpla con estos Términos, Door to Go le concede una licencia limitada, no exclusiva, no sublicenciable, revocable e intransferible para: (i) acceder y utilizar la aplicación Door to Go únicamente en relación con su uso de los Servicios en su dispositivo personal; y (ii) acceder y utilizar cualquier contenido, información y materiales relacionados que puedan estar disponibles a través de los Servicios, en cada caso exclusivamente para su uso personal y no comercial. Door to Go y los licenciantes de Door to Go se reservan todos los derechos que no se concedan expresamente en el presente documento. Usted acepta que no utilizará los derechos de autor, marcas comerciales, marcas de servicio o imagen comercial de Door to Go, salvo el uso incidental a su uso de los Servicios, sin el permiso expreso y por escrito de Door to Go. Esta prohibición incluye el uso en nombres de dominio, sitios web y cuentas de redes sociales. No podrá: (i) eliminar ningún aviso de derechos de autor, marca comercial u otros avisos de propiedad de ninguna parte de los Servicios; (ii) reproducir, modificar, preparar obras derivadas basadas en, distribuir, licenciar, arrendar, vender, revender, transferir, exhibir públicamente, ejecutar públicamente, transmitir, retransmitir o explotar de cualquier otra forma los Servicios, salvo en la medida en que Door to Go lo permita expresamente; (iii) descompilar, realizar ingeniería inversa o desensamblar los Servicios, salvo en la medida en que lo permita la legislación aplicable; (iv) enlazar, duplicar o enmarcar ninguna parte de los Servicios; (v) provocar o ejecutar ningún programa o script con el propósito de, o que resulte en, sobrecargar o dificultar indebidamente el funcionamiento y/o la funcionalidad de cualquier aspecto de los Servicios; o (vi) intentar obtener acceso no autorizado a, o perjudicar cualquier aspecto de los Servicios o sus sistemas o redes relacionados.

4. Third-Party Services (including Autonomous Vehicles) and Content

Aunque la aplicación Door to Go ofrece numerosos servicios de terceros, algunos de ellos solo son accesibles saliendo de la aplicación («Experiencias fuera de la aplicación»). Al hacer clic en un enlace para acceder a estas experiencias, estará sujeto a los términos y condiciones y a la política de privacidad del sitio web, destino o proveedor de la experiencia, que son diferentes a los de Door to Go. Door to Go no le avisará de que ha abandonado los Servicios ni de que está sujeto a los términos y condiciones (incluidas las políticas de privacidad) de otro sitio web, destino o proveedor de la experiencia. El uso de enlaces en sitios web y anuncios de terceros es bajo su propia responsabilidad, ya que no forman parte de los Servicios ni están controlados por Door to Go. Door to Go no respalda a dichos proveedores de experiencias fuera de la aplicación y, en ningún caso, será responsable de los productos o servicios que ofrezcan.

Los servicios de terceros pueden estar sujetos a términos, condiciones, tarifas y políticas adicionales impuestas por el proveedor. En caso de conflicto entre los términos de cualquier Servicio de Terceros y estos Términos, estos Términos prevalecerán con respecto a Door to Go y sus acuerdos con Door to Go. Las limitaciones de responsabilidad establecidas en la Sección 8 también se aplicarán a las reclamaciones que involucren a un Proveedor de Terceros. Las disposiciones del Acuerdo de Arbitraje de la Sección 2 anterior se aplicarán en lugar de los términos de cualquier Servicio de Terceros para todos los efectos, excepto con respecto a las reclamaciones que se dirijan exclusivamente contra el Proveedor de Terceros.

5. Acceso a los Servicios

Cuentas de Usuario.

Para utilizar la mayoría de los Servicios, debe registrarse y mantener una cuenta de usuario personal activa (“Cuenta”). Salvo que un Servicio específico indique lo contrario: (i) debe tener al menos 18 años de edad, o la mayoría de edad legal en su jurisdicción (si es diferente de 18), para obtener una Cuenta; (ii) solo puede tener una Cuenta; y (iii) no puede ceder ni transferir su Cuenta a ninguna otra persona o entidad. Door to Go se reserva el derecho de eliminar o desactivar cuentas duplicadas. Usted es responsable de toda la actividad que se realice con su Cuenta y se compromete a mantener la seguridad y confidencialidad de sus credenciales en todo momento.

No puede registrarse ni mantener una Cuenta si previamente se le ha prohibido el acceso o el uso de los Servicios. El registro de la Cuenta puede requerir que proporcione a Door to Go cierta información personal, como su nombre, dirección, foto (estática o en vivo), número de teléfono móvil y edad, así como al menos un método de pago válido que esté autorizado a usar y que sea compatible con Door to Go (“Información de la Cuenta”). Usted es responsable de proporcionar información precisa sobre su cuenta y, en ciertos casos, se le podrá solicitar que proporcione una prueba de edad, identidad u otro método de verificación de identidad para acceder o utilizar los Servicios. Se le podrá denegar el acceso o el uso de los Servicios si se niega a proporcionar (o si no podemos verificar) dicha prueba. Además, usted autoriza a su operador de telefonía móvil a utilizar o divulgar información sobre su cuenta y su dispositivo móvil, si está disponible, a Door to Go o a sus proveedores de servicios durante la vigencia de su relación comercial, únicamente para ayudar a Door to Go a identificarlo a usted o a su dispositivo móvil y para prevenir el fraude.

Door to Go también podrá desactivar o eliminar su cuenta si, tras el registro, esta no se confirma (cuando corresponda), si permanece inactiva durante un período prolongado, si detectamos que alguien la ha utilizado sin su permiso y no podemos confirmar que usted es el titular de la cuenta, o si estamos obligados a hacerlo por ley. En la máxima medida permitida por la ley aplicable, Door to Go y sus afiliados no asumen ninguna responsabilidad por la pérdida de acceso y uso, ni tendrán obligaciones relacionadas con dicha pérdida. Si usted deja de usar Door to Go, o si nosotros desactivamos su acceso o uso de los Servicios, estos Términos Suplementarios finalizarán como acuerdo entre usted y nosotros con respecto a dichos Servicios, pero ciertas secciones permanecerán vigentes según lo estipulado en el presente documento.

Door to Go no divulga los datos a los que accede ni los que recopila.

Menores de edad.

Usted no puede autorizar a terceros a usar su Cuenta, ni permitir que personas menores de 18 años usen los Servicios a menos que estén acompañadas por usted o un adulto. Sin embargo, podemos ofrecer a los padres y tutores la posibilidad de crear Cuentas para sus hijos. Si usted es padre o tutor legal y permite que su hijo use los Servicios, estos Términos se aplican a usted y usted es responsable de la actividad de su hijo en los Servicios. Si eres menor de edad para obtener una cuenta, debes contar con el permiso de tus padres o tutor legal para usarla y aceptar los términos adicionales relacionados con tu acceso y uso de los Servicios como menor. Pide a tus padres o tutor legal que lean estos términos adicionales contigo. Nota: si ocurre un incidente que involucre a menores, además de las obligaciones de notificación obligatorias, Door to Go también podrá informar proactivamente los incidentes a las autoridades competentes.

Acceso a la red y dispositivos.

Eres responsable de obtener el acceso a la red de datos necesario para usar los Servicios. Se pueden aplicar las tarifas de datos y mensajería de tu operador de telefonía móvil si accedes o usas los Servicios desde tu dispositivo. Eres responsable de adquirir y actualizar el hardware o los dispositivos compatibles necesarios para acceder y usar los Servicios y sus actualizaciones. Door to Go no garantiza que los Servicios, o cualquier parte de ellos, funcionen en un hardware o dispositivo específico. Además, los Servicios pueden estar sujetos a fallas y demoras inherentes al uso de Internet y las comunicaciones electrónicas. Door to Go no se hace responsable de las demoras, fallas en la entrega, daños, pérdidas, lesiones o fallecimiento que resulten de ello.

Door to Go solicita al usuario que autorice el permiso para que la aplicación guarde la ubicación precisa en todo momento durante el viaje, por motivos de seguridad para ambas partes.

6. Conducta y requisitos del usuario; comunicaciones; y contenido del usuario.

Conducta y Requisitos del Usuario.

Además de cumplir con estos Términos, usted acepta cumplir con todas las leyes aplicables al acceder o usar los Servicios, y solo podrá acceder o usar los Servicios para fines lícitos. No podrá acceder ni usar los Servicios para causar molestias, inconvenientes, daños o pérdidas a Door to Go, al Proveedor Externo ni a ninguna otra parte.

Si solicita un servicio de transporte con sistema de retención infantil, ni Door to Go ni el Proveedor Externo son responsables de la seguridad de dicho sistema, que podría estar disponible en el vehículo del Proveedor Externo. Es su obligación asegurarse de que el sistema de retención infantil esté instalado correctamente y de que el niño esté debidamente sujeto en él. Consulte las leyes de su estado con respecto a los requisitos específicos de altura, edad y peso para el uso de sistemas de retención infantil, así como las políticas de Door to Go sobre sistemas de retención infantil, que pueden estar disponibles en las páginas web de su ciudad. Si solicita un servicio de transporte en el que un proveedor externo acepte brindarle asistencia fuera del vehículo (por ejemplo, Door to Go Assist), Door to Go no se hace responsable de ninguna lesión, fallecimiento o incidente que pueda surgir de la asistencia proporcionada por dicho proveedor.

A discreción del proveedor externo, es posible que se le permita llevar un animal pequeño, como un perro o un gato, en un viaje solicitado a través de los Servicios. En estos casos, usted es responsable de asegurar correctamente al animal con correa, arnés, transportín u otros medios. También es responsable de garantizar que el animal no cause daños ni ensucie el vehículo del proveedor externo. Se le podrá cobrar una tarifa de reparación o limpieza, según lo estipulado en la Sección 6 a continuación, por cualquier daño o suciedad causados ​​por un animal transportado durante un viaje solicitado a través de su Cuenta. Los animales de servicio generalmente pueden acompañar a los pasajeros sin cargo adicional, independientemente de si se trata de un viaje que admita mascotas.

Para ayudarnos con nuestras obligaciones de cumplimiento y seguro, usted acepta notificarnos en un plazo de 24 horas y proporcionarnos toda la información razonable relacionada con cualquier incidente o accidente que ocurra durante el uso de los Servicios. Asimismo, acepta cooperar con cualquier investigación y resolución de dicho incidente.

Comunicaciones con Door to Go.

Al crear una Cuenta, usted acepta electrónicamente recibir comunicaciones de Door to Go, proveedores externos o terceros que prestan servicios a Door to Go, incluyendo correo electrónico, mensajes de texto, WhatsApp, llamadas, comunicaciones dentro de la aplicación y notificaciones push a los números de teléfono o direcciones de correo electrónico que proporcionó a Door to Go. También podrá recibir comunicaciones generadas por sistemas de marcación telefónica automática y/o mensajes pregrabados o automatizados enviados por o en nombre de Door to Go y/o proveedores externos, incluyendo, entre otros, comunicaciones relacionadas con solicitudes realizadas a través de su Cuenta en los Servicios. Se pueden aplicar tarifas de mensajes y datos.

Puede cambiar sus preferencias de notificación accediendo a la Configuración de su Cuenta. Para dejar de recibir mensajes de texto de Door to Go, debe responder "STOP" desde el dispositivo móvil que recibe los mensajes. Los mensajes de texto entre usted y los proveedores externos son mensajes transaccionales, no promocionales. Usted reconoce que dejar de recibir todas las comunicaciones puede afectar su uso de los Servicios. No obstante lo anterior, si sospechamos fraude o actividad ilegal en su cuenta, Door to Go podrá contactarlo utilizando la información de contacto que proporcionó en relación con su cuenta (incluso mediante mensajes de texto o de voz).

Uso de cuentas de terceros.

En caso de que utilice un producto o servicio de Door to Go que permita el uso o la facturación a otra persona o empresa, se compartirá cierta información con dicha parte. Esto puede incluir información sobre la fecha y hora de los servicios que solicita, el transporte, la logística y/o la entrega solicitada, y los cargos asociados a dichos servicios. Si se utiliza para solicitar transporte, también podremos compartir información con dicha persona o empresa sobre incidentes relacionados con la seguridad que ocurran en relación con dicho transporte. Usted reconoce que el intercambio de dichos datos es una condición para el uso de cualquier producto o servicio de Door to Go.

7. Pago

Precios y Cargos.

El uso de los Servicios puede generar cargos por los servicios o productos que reciba de Door to Go y/o de Proveedores Externos («Cargos»). Los precios que se le muestran al comprar productos a través de los Servicios pueden incluir los precios de venta al público del Proveedor Externo y las tarifas pagadas a Door to Go. Door to Go le permitirá pagar los Cargos aplicables por los servicios o productos obtenidos mediante el uso de los Servicios. Los Cargos incluirán los impuestos aplicables cuando así lo exija la ley. Los Cargos pueden incluir otras tarifas aplicables, como cargos por envío, cargos por servicio, cargos por devolución de productos, cargos por cancelación, cargos gubernamentales (como cargos por bolsas), peajes estimados o reales y/o recargos. Además, los Cargos aplicables en ciertas áreas geográficas pueden aumentar considerablemente durante períodos de alta demanda o debido a otros factores del mercado.
Con respecto a los proveedores externos, los cargos que usted genere se adeudarán directamente a dichos proveedores, y Door to Go cobrará el pago de esos cargos en nombre del proveedor externo, actuando como su agente de cobro limitado. El pago de los cargos se considerará equivalente al pago realizado directamente por usted al proveedor externo. El pago a un proveedor externo de bienes o servicios se considerará efectuado en el momento en que usted envíe el pago a través de Door to Go. Usted conserva el derecho de solicitar cargos menores a un proveedor externo por los servicios o bienes recibidos de dicho proveedor en el momento de la recepción de los mismos. Un proveedor externo también conserva el derecho de solicitarle cargos mayores por los servicios o bienes proporcionados. Por ejemplo, un proveedor externo que sea comerciante puede cobrar cargos menores o mayores si los bienes entregados difieren de los productos solicitados originalmente, incluyendo diferencias en la cantidad, el peso o el tipo de artículo. Salvo que usted solicite una reducción de dichos cargos por parte de un proveedor externo, usted acepta pagar los cargos, ya sean mayores o menores, asociados a dichas diferencias de producto. Door to Go considerará de buena fe cualquier solicitud de un proveedor externo para modificar los cargos de un servicio o producto en particular. Esta estructura de pago tiene como objetivo compensar íntegramente al proveedor externo, si corresponde, por los servicios o productos obtenidos en relación con su uso de los Servicios.

También puede haber ciertos cargos en los que usted incurra, los cuales deberá pagar directamente a Door to Go o a sus afiliados. Para mayor claridad, Door to Go no cobra ninguna tarifa por el acceso a la aplicación Door to Go, pero puede cobrarle una tarifa u otro cargo por el acceso a los servicios de terceros. Aunque no se indique en la aplicación Door to Go, los precios de los productos o artículos del menú mostrados a través de los Servicios pueden diferir de los precios ofrecidos o publicados por proveedores externos para los mismos productos o artículos, incluyendo los que se ofrezcan o publiquen en un establecimiento físico operado por un proveedor externo, y/o de los precios disponibles en otros sitios web o aplicaciones móviles de terceros. Los precios de los productos o artículos del menú mostrados a través de los Servicios pueden no ser los precios más bajos a los que se venden. Los precios de los productos o artículos del menú mostrados a través de los Servicios, así como las tarifas cobradas por Door to Go, pueden variar según si elige recoger su pedido o recibirlo a domicilio.

El cliente pagará directamente a nuestros proveedores de servicios utilizando el método de pago que considere apropiado al inicio del servicio.

Entre usted y Door to Go, Door to Go se reserva el derecho de establecer o ajustar los cargos por cualquier servicio o producto obtenido a través de los Servicios en cualquier momento. Door to Go hará todo lo posible por informarle sobre los cargos que puedan aplicarse, siempre y cuando usted sea responsable de los cargos incurridos en su Cuenta, independientemente de si conoce dichos cargos o sus importes.

Reembolsos.
Los cargos pagados por usted son definitivos y no reembolsables, a menos que Door to Go y el Proveedor Externo que evalúe el cargo determinen lo contrario. Si desea solicitar cancelaciones, reembolsos o devoluciones, o si cree que se debe corregir algún cargo, visite la pestaña "Ayuda" en su Cuenta para iniciar dichas solicitudes dentro de los 30 días posteriores a la fecha del cargo. De lo contrario, Door to Go no tendrá ninguna responsabilidad adicional y usted renunciará a su derecho a disputar posteriormente los importes cobrados.

Ofertas promocionales.
Algunos usuarios pueden recibir, ocasionalmente, ofertas promocionales y descuentos que resulten en precios diferentes para los mismos servicios o bienes, o similares, obtenidos a través de los Servicios. Usted acepta que dichas ofertas y descuentos, a menos que también estén disponibles para usted, no afectarán su uso de los Servicios ni los cargos que se le apliquen. Las ofertas y descuentos promocionales están sujetos a cambios o cancelación en cualquier momento y sin previo aviso.

Propina.

Excepto por los montos que usted proporcione a través de los Servicios como parte de la función de "propina", Door to Go no destina ninguna parte de su pago como propina a un proveedor externo. Usted comprende y acepta que, si bien es libre de proporcionar un pago adicional como propina a cualquier proveedor externo que le brinde servicios o bienes obtenidos a través del Servicio, no tiene la obligación de hacerlo.

Daños, limpieza, objetos perdidos y encontrados, y cargos por incumplimiento de los términos.
Door to Go podrá cobrarle una tarifa en nombre de Proveedores Externos si, durante el uso de los Servicios, usted ha causado daños a un vehículo o propiedad que requieran reparación o limpieza (“Reparación” o “Limpieza”). El monto de dicha tarifa será determinado, a la entera discreción de Door to Go, según el tipo y la gravedad del daño. Door to Go se reserva el derecho de verificar o solicitar documentación de los daños antes de procesar el cobro. En caso de que Door to Go verifique una solicitud de Reparación o Limpieza, a su entera discreción, se reserva el derecho de facilitar el pago del costo razonable de dicha Reparación o Limpieza utilizando el método de pago designado en su Cuenta. Dichos montos, así como los correspondientes a objetos perdidos y encontrados, serán transferidos por Door to Go a un Proveedor Externo, si corresponde, y no son reembolsables. Además, si usted no cumple con estos Términos, podrá ser responsable de los Cargos, incluyendo, entre otros, los de las transacciones que no se pudieron completar correctamente, que surjan de o en relación con su incumplimiento de estos Términos.

Regalos
Puedes comprar ciertos artículos de nuestros proveedores externos que se pueden entregar como regalos a familiares, amigos u otras personas («Destinatarios»). Puedes personalizar tu regalo incluyendo una tarjeta de regalo digital, un mensaje o un video. Todos los mensajes de regalo y videos deben cumplir con las Normas de la Comunidad de Door to Go. Si compras un regalo, debes proporcionar el nombre y el número de teléfono móvil del Destinatario al momento de la compra. Usaremos el número de teléfono móvil para enviar un mensaje de texto al Destinatario con el seguimiento del paquete, los detalles del pedido y las actualizaciones de entrega. Declaras que has obtenido el consentimiento del Destinatario para compartir con Door to Go cualquier información sobre él, incluyendo nombre, dirección, número de teléfono y cualquier otra información personal. Puedes programar la entrega del regalo al momento de la compra en nombre del Destinatario o permitir que el Destinatario la programe. Si permites que el Destinatario programe la entrega, este deberá programarla para una fecha no posterior a siete días después de la fecha de compra («Período de Canje»). Para que el destinatario pueda programar la entrega y canjear un regalo, debe tener una cuenta activa. Si no tiene una cuenta activa con Door to Go, deberá crear una para programar la entrega. Si usted programa la entrega, el destinatario no necesita tener una cuenta. El pedido debe procesarse antes de las 11:59 p. m. PST del sexto día del período de canje ("Fecha límite de canje"). Si el pedido no se canjea antes de la Fecha límite, se cancelará y se le reembolsará al remitente el valor total del regalo, incluyendo todos los cargos por servicio, impuestos y propina. Si un artículo seleccionado no está disponible o no se puede entregar al destinatario, este recibirá un crédito de regalo en forma de Door to Go Cash por el valor del regalo más los cargos e impuestos aplicables. Una vez realizado el pedido, no se puede cancelar.

Si su pedido de regalo contiene alcohol, se le pedirá al destinatario que muestre una identificación oficial con foto al momento de la entrega. No se permite enviar alcohol a destinatarios a menos que sean mayores de edad. Los pedidos de alcohol no se pueden dejar sin supervisión ni en la puerta del destinatario. Si el destinatario no está presente para recibir el pedido a la hora de entrega programada, no puede presentar una identificación válida, es menor de edad o está demasiado ebrio para aceptarlo, la parte alcohólica del pedido no se entregará y se devolverá al vendedor, aplicándose un cargo por devolución. En caso de que no se pueda entregar un pedido de alcohol al destinatario, este recibirá un crédito de regalo en forma de Door to Go Cash por el valor de la parte alcohólica del pedido, menos el cargo por devolución. No se permite realizar pedidos de alcohol para entrega en áreas donde la entrega, posesión o consumo de alcohol estén prohibidos por ley.

8. Exclusión de garantías; limitación de responsabilidad; e indemnización

Exclusión de garantías.

LOS SERVICIOS SE PROPORCIONAN «TAL CUAL» Y «SEGÚN DISPONIBILIDAD». DOOR TO GO EXCLUYE TODA DECLARACIÓN Y GARANTÍA, EXPRESA, IMPLÍCITA O LEGAL, QUE NO ESTÉ EXPRESAMENTE ESTABLECIDA EN ESTOS TÉRMINOS, INCLUIDAS LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN FIN PARTICULAR Y NO VIOLACIÓN DE DERECHOS. ASIMISMO, DOOR TO GO NO OFRECE NINGUNA DECLARACIÓN, GARANTÍA NI SEGURIDAD RESPECTO A LA FIABILIDAD, PUNTUALIDAD, CALIDAD, IDONEIDAD O DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS NI DE NINGÚN SERVICIO O BIEN SOLICITADO A TRAVÉS DE LOS MISMOS, NI GARANTIZA QUE LOS SERVICIOS SERÁN ININTERRUMPIDOS O ESTARÁN LIBRES DE ERRORES.

Door to Go no garantiza la calidad, idoneidad, seguridad ni capacidad de los proveedores externos. Usted acepta que todo el riesgo derivado del uso de los servicios, así como de cualquier servicio o bien solicitado u obtenido de proveedores externos en relación con los mismos, recae exclusivamente sobre usted, en la máxima medida permitida por la ley aplicable.

Door to Go no controla, gestiona ni dirige a ningún proveedor externo. Los proveedores externos no son agentes reales, aparentes ni empleados de Door to Go. SI SURGE UNA DISPUTA ENTRE USTED Y UN TERCERO, USTED EXIME A DOOR TO GO DE TODA RESPONSABILIDAD POR PÉRDIDAS DE CUALQUIER TIPO Y NATURALEZA, CONOCIDAS Y DESCONOCIDAS, SOSPECHADAS Y NO SOSPECHADAS, REVELADAS Y NO REVELADAS, QUE SURJAN DE DICHAS DISPUTAS O ESTÉN RELACIONADAS CON ELLAS.

DOOR TO GO NO CONTROLA, RESPALDA NI SE RESPONSABILIZA DEL CONTENIDO DE USUARIO NI DEL CONTENIDO DE TERCEROS DISPONIBLE EN LOS SERVICIOS O ENLAZADO DESDE ELLOS. DOOR TO GO NO PUEDE GARANTIZAR NI ASEGURA QUE LOS SERVICIOS ESTÉN LIBRES DE VIRUS U OTROS COMPONENTES DAÑINOS.

El uso de algoritmos por parte de Door to Go para intentar prestar servicios, mejorar la experiencia de los usuarios y garantizar la seguridad de los servicios no constituye garantía alguna, ni expresa ni implícita.

Limitación de responsabilidad.

Door To Go no será responsable por daños indirectos, incidentales, especiales, ejemplares, punitivos o consecuenciales, incluyendo lucro cesante, pérdida de datos, lesiones personales o fallecimiento, o daños a la propiedad relacionados con, en conexión con, o que resulten de cualquier uso de los servicios, independientemente de la negligencia (ya sea activa, afirmativa, exclusiva o concurrente) de Door To Go, incluso si Door To Go ha sido advertido de la posibilidad de tales daños.

Door To Go no será responsable por ningún daño, responsabilidad o pérdida que surja de: (i) su uso o confianza en los servicios o su incapacidad para acceder o usar los servicios; O (ii) CUALQUIER TRANSACCIÓN O RELACIÓN ENTRE USTED Y CUALQUIER PROVEEDOR EXTERNO, INCLUSO SI DOOR TO GO HA SIDO ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS. DOOR TO GO NO SERÁ RESPONSABLE POR RETRASOS O INCUMPLIMIENTOS RESULTANTES DE CAUSAS AJENAS A SU CONTROL RAZONABLE. USTED RECONOCE QUE LOS PROVEEDORES EXTERNOS QUE PRESTAMOS SERVICIOS DE TRANSPORTE SOLICITADOS A TRAVÉS DE ALGUNOS SERVICIOS DE DOOR TO GO PUEDEN OFRECER SERVICIOS DE TRANSPORTE COMPARTIDO O ENTRE PARTICULARES Y PUEDEN NO ESTAR AUTORIZADOS O CUALQUIER OPORTUNIDAD PROFESIONAL. USTED RECONOCE QUE LOS PROVEEDORES EXTERNOS NO SON AGENTES APARIENTES, AGENTES REALES NI EMPLEADOS DE DOOR TO GO.

Usted podrá utilizar los servicios para solicitar y programar transporte, envío de mercancías o servicios logísticos con proveedores externos. Sin embargo, usted acepta que Door to Go no tendrá ninguna responsabilidad ante usted en relación con dichos servicios, ya sean prestados o no por proveedores externos, salvo lo expresamente estipulado en estos términos.

Door to Go no será responsable de ningún daño, responsabilidad o pérdida que surja de la falta o la instalación o el uso incorrecto de sistemas de retención infantil para pasajeros que utilicen atracciones solicitadas a través de los servicios y para quienes un sistema de retención infantil sea legalmente obligatorio.

Las limitaciones y exenciones de responsabilidad de esta sección no pretenden limitar la responsabilidad ni modificar sus derechos como consumidor que no puedan excluirse conforme a la legislación aplicable. Dado que algunos estados o jurisdicciones no permiten la exclusión ni la limitación de responsabilidad por daños consecuenciales o incidentales, en dichos estados o jurisdicciones, la responsabilidad de Door to Go se limitará en la medida permitida por la ley. Esta disposición no afectará la cláusula de elección de ley de Door to Go que se establece a continuación.

Indemnización.

Usted acepta indemnizar y mantener indemnes a Door to Go y sus afiliados y sus funcionarios, directores, empleados y agentes de y contra todas y cada una de las acciones, reclamos, demandas, pérdidas, responsabilidades, costos, daños y gastos (incluidos los honorarios de abogados), que surjan de o en relación con: (i) su uso de los Servicios o servicios o bienes obtenidos a través de su uso de los Servicios; (ii) su incumplimiento o violación de cualquiera de estos Términos; (iii) el uso por parte de Door to Go de su Contenido de Usuario; o (iv) su violación de los derechos de cualquier tercero, incluidos los Proveedores de Terceros.

9. Otras disposiciones

Ley aplicable.

Estos Términos se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes del estado en el que surja su controversia, sin tener en cuenta los principios de elección o conflicto de leyes de ninguna jurisdicción, salvo que se disponga lo contrario en el Acuerdo de Arbitraje de la Sección 2 anterior o en los Términos Suplementarios aplicables a su región. Esta cláusula de elección de ley se aplica únicamente a la interpretación de estos Términos, y estas disposiciones no se interpretarán como una extensión general de la ley de ningún estado a usted si su controversia no surgió en dicho estado.

Cualquier disputa, reclamación o controversia que surja de o esté relacionada con incidentes o accidentes que resulten en lesiones personales o muerte (incluidas, entre otras, las reclamaciones por agresión o acoso sexual) que usted alegue que ocurrieron en relación con su uso de los Servicios, ya sea antes o después de la fecha en que aceptó estos Términos, se regirá e interpretará de conformidad con las leyes del estado en el que ocurrió el incidente o accidente.

Jurisdicción competente.
Cualquier disputa, reclamación o controversia que surja de estos Términos o esté relacionada con ellos, o con su existencia, incumplimiento, terminación, ejecución, interpretación o validez, se presentará exclusivamente ante los tribunales estatales o federales del estado donde surgió la disputa, reclamación o controversia, sin perjuicio de que otros tribunales tengan jurisdicción sobre las partes y la materia, salvo que se disponga lo contrario en el Acuerdo de Arbitraje mencionado anteriormente o en los Términos Suplementarios aplicables a su región.

No obstante lo anterior, cualquier disputa, reclamación o controversia que surja de incidentes o accidentes que resulten en lesiones personales (incluidas, entre otras, las reclamaciones por agresión o acoso sexual) que usted alegue que ocurrieron en relación con su uso de los Servicios, ya sea antes o después de la fecha en que aceptó estos Términos, se presentará exclusivamente ante los tribunales estatales o federales del estado donde ocurrió el incidente o accidente, sin perjuicio de que otros tribunales tengan jurisdicción sobre las partes y la materia, y salvo que se disponga lo contrario en el Acuerdo de Arbitraje de la Sección 2 o en los Términos Suplementarios aplicables a su región, en la medida permitida por la ley. Las disposiciones anteriores sobre la elección de ley y la elección de jurisdicción no se aplican al Acuerdo de Arbitraje de la Sección 2. Para conocer las disposiciones aplicables a dichas controversias, consulte la Sección 2.

Reclamaciones por infracción de derechos de autor y marcas registradas.

Las reclamaciones por infracción de derechos de autor y marcas registradas deben enviarse al agente designado de Door to Go.

Aviso.

Door to Go podrá notificarle mediante un aviso general en o a través de los Servicios, correo electrónico a la dirección de correo electrónico asociada a su Cuenta, llamada telefónica o mensaje de texto a cualquier número de teléfono proporcionado en relación con su Cuenta, o comunicación escrita enviada por correo certificado o correo postal prepagado a cualquier dirección vinculada a su Cuenta. Dicha notificación se considerará entregada transcurridos 48 horas desde su envío (si se envía por correo certificado o correo postal prepagado) o en el momento del envío (si se envía por correo electrónico, teléfono o a través de los Servicios). No obstante lo anterior, cualquier modificación a estos Términos será efectiva al publicarse una versión actualizada de los mismos en el sitio web de Door to Go o a través de los Servicios. Usted podrá notificar a Door to Go en cualquier momento, considerándose dicha notificación entregada al ser recibida por Door to Go, mediante correo certificado o correo postal prepagado a nuestro agente registrado para la notificación de procesos, c/o Door to Go Corp. El nombre y la información de contacto actual del agente registrado en cada estado están disponibles en línea en https://www.door2go.com. Si otra disposición de estos Términos aborda alguna notificación específica (por ejemplo, una notificación de actualizaciones de estos Términos o una notificación de una disputa o solicitud de arbitraje), dichas disposiciones específicas prevalecerán en caso de conflicto o inconsistencia entre estas y la presente disposición de notificación.

General.

Usted no podrá ceder estos Términos sin la aprobación previa por escrito de Door to Go. Door to Go podrá ceder estos Términos sin su consentimiento a: (i) una subsidiaria o filial; (ii) un adquirente de las acciones, el negocio o los activos de Door to Go; o (iii) una empresa sucesora por fusión. Cualquier cesión que usted intente realizar en contravención de esta Sección será nula. No existe ninguna relación de empresa conjunta, sociedad, empleo o agencia entre usted, Door to Go, ningún Proveedor Externo ni ningún Proveedor de Experiencias Fuera de la Aplicación como resultado de estos Términos o del uso de los Servicios. Si alguna disposición de estos Términos se considera inválida o inaplicable, dicha disposición se eliminará y las demás disposiciones se aplicarán en la máxima medida permitida por la ley. El hecho de que Door to Go no ejerza algún derecho o disposición de estos Términos no constituirá una renuncia a dicho derecho o disposición, a menos que Door to Go lo reconozca y acepte por escrito. Esta disposición no afectará la sección de Divisibilidad y Vigencia del Acuerdo de Arbitraje de estos Términos.

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